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Controversias en torno a la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús

La devoción a la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús se desarrolló en Salta en torno a las experiencias espirituales relatadas por María Livia Galliano de Obeid. Con el crecimiento de las peregrinaciones, la difusión de mensajes atribuidos a la Virgen y las prácticas relacionadas con posibles curaciones, la Arquidiócesis de Salta consideró necesario estudiar el fenómeno y establecer criterios pastorales para orientar a los fieles.

El documento arquidiocesano de 2003 presenta una serie de observaciones sobre los mensajes y sobre la organización desarrollada alrededor de esta devoción. En ese texto, la autoridad eclesiástica reconoce que los mensajes transmitidos no se oponen, en términos generales, a la fe cristiana, ya que contienen llamados a la conversión, la oración, el amor a Cristo, la devoción a la Virgen y la Eucaristía. Sin embargo, también sostiene que no aportan elementos doctrinales nuevos, porque la devoción eucarística ya forma parte del patrimonio de la Iglesia.

El discernimiento sobre los mensajes

Uno de los principales puntos de controversia estuvo relacionado con la consideración de los mensajes atribuidos a la Virgen. El documento de 2003 distingue entre la Revelación pública de la Iglesia y las denominadas revelaciones privadas. Estas últimas, según el mismo texto, no poseen el mismo grado de autoridad que la Revelación cristiana y deben ser sometidas a discernimiento.

En sus apreciaciones, el arzobispo Mario Antonio Cargnello señaló que los mensajes le parecían reiterativos y observó que la preocupación por los necesitados aparecía principalmente canalizada a través de la oración, sin una presencia equivalente de las obras materiales de misericordia. También mencionó la existencia de pronósticos que no se habrían cumplido y advirtió sobre el riesgo de confundir convicciones o experiencias subjetivas con revelaciones provenientes de la Virgen.

A pesar de estas observaciones, el documento también deja asentado que, desde el punto de vista de su contenido, los mensajes llamaban a la conversión, a la oración y al crecimiento en el amor a Cristo y a la Santísima Virgen. De esta manera, la controversia no estaba centrada solamente en aquello que transmitían los mensajes, sino especialmente en el origen sobrenatural que se les atribuía y en la necesidad de discernirlo.

El protagonismo de María Livia y la organización de los fieles

Otro aspecto observado por la Arquidiócesis fue el protagonismo que adquirió María Livia Galliano de Obeid dentro del movimiento. Según el documento, en las reuniones se percibía un llamado a la oración y a la interioridad, aunque la dimensión eclesial no aparecía con la misma claridad.

Además, se mencionaba la existencia de un grupo de personas consideradas “elegidas”, con reuniones especiales y cerradas y con determinados signos de pertenencia, como pañuelos de distintos colores. El arzobispo señaló que esta forma de organización podía constituir un peligro de sectarismo.

Esta observación no significaba, según el documento, que se calificara directamente al conjunto de la devoción como una secta, sino que la autoridad eclesiástica advertía sobre un posible riesgo derivado de determinadas formas de organización y de pertenencia.

La difusión de los mensajes

La publicación y circulación de los mensajes fue otro punto de conflicto. El documento de 2003 señala que no existía autorización para publicar nuevos mensajes al menos desde el 26 de noviembre de 1997, y que se había indicado al Monasterio de San Bernardo que no difundiera nuevas publicaciones. A pesar de ello, posteriormente continuaron publicándose mensajes.

Ante esta situación, la Arquidiócesis dispuso que María Livia Galliano de Obeid se abstuviera de transmitir mensajes atribuidos a la Virgen, tanto en forma pública como privada, y que tampoco los publicara. También se determinó que debía contar con la guía de un director espiritual.

Asimismo, la comunidad del Monasterio de San Bernardo recibió la indicación de no continuar haciendo propaganda sobre el fenómeno ni difundir los supuestos mensajes mediante publicaciones, videos, estampas, medallas u otros medios.

Las curaciones y la imposición de manos

Las prácticas relacionadas con la curación también fueron analizadas por la autoridad eclesiástica. El documento reconoce que la oración por los enfermos forma parte de la tradición cristiana, pero establece diferencias entre la oración y ciertas prácticas reservadas o reguladas por la Iglesia.

En ese contexto, la Arquidiócesis recordó la prohibición de que laicos no autorizados impusieran las manos sobre los fieles. El texto señalaba que, en ese momento, no existía en la Arquidiócesis de Salta una disposición que concediera a ministros laicos la misión de bendecir a los enfermos.

También se sugirió que María Livia fuera evaluada por expertos en psicología, que una comisión teológica estudiara los mensajes y que sacerdotes o religiosas acompañaran pastoralmente las reuniones de oración.

El acompañamiento pastoral de los peregrinos

Años después, un comunicado del Arzobispado de Salta fechado el 27 de agosto de 2022 volvió a referirse a los fieles que practican esta devoción.

En ese documento, el Arzobispado reconoce la presencia frecuente de peregrinos y encuadra la práctica dentro del derecho de los fieles a profesar devociones particulares, siempre que se preserve la comunión con la Iglesia. También establece que las iglesias, templos y parroquias de la Arquidiócesis deben estar disponibles para quienes quieran acercarse al sacramento de la Reconciliación, participar de la Misa o recibir asistencia espiritual.

Además, cuando se produzcan concentraciones numerosas de peregrinos, se contempla la presencia de sacerdotes para facilitar el acceso a los sacramentos. El comunicado de 2022 incluso autorizó específicamente la celebración de la Santa Misa para la concentración prevista para el 10 de diciembre de ese año.

Asistencia religiosa y reconocimiento sobrenatural: una distinción fundamental

Uno de los aspectos más importantes del comunicado de 2022 es la diferenciación entre la atención pastoral de los fieles y el reconocimiento del posible carácter sobrenatural de los acontecimientos.

El Arzobispado aclara expresamente que autorizar la celebración de la Eucaristía o administrar el sacramento de la Reconciliación a los peregrinos constituye únicamente una forma de garantizarles el acceso a los bienes espirituales de la Iglesia. Esa asistencia no debe interpretarse como una autorización, legitimación o anticipación de un juicio eclesiástico respecto del posible carácter sobrenatural de los acontecimientos y mensajes relacionados con esta devoción.

El mismo comunicado señala que expresiones como “apariciones” o “milagros”, utilizadas dentro de esta devoción particular, deben entenderse como testimonios humanos mientras la autoridad competente de la Iglesia no determine otra cosa.

Una devoción bajo discernimiento eclesiástico

Los documentos muestran que las controversias relacionadas con la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús se concentran especialmente en la interpretación de las experiencias de María Livia, la difusión de los mensajes atribuidos a la Virgen, las prácticas vinculadas con las curaciones, la organización desarrollada alrededor de la devoción y, fundamentalmente, la cuestión de su posible origen sobrenatural.

Al mismo tiempo, la postura expresada en los documentos distingue entre el acompañamiento de quienes practican la devoción y el reconocimiento de los acontecimientos que la originaron. Los peregrinos pueden recibir asistencia espiritual y participar de los sacramentos, pero esa atención pastoral no equivale al reconocimiento eclesiástico de las supuestas apariciones, mensajes o milagros.

FUENTES


  • PDF “Comunicado del Arzobispo de Salta con relación a la atención pastoral de los fieles que practiquen la devoción privada a la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús“, publicado por Arzobispado de Salta. (2022, 27 de agosto).
  • PDF “La cuestión pastoral de la Ermita del Cerro“, publicado por. Mons. Mario Antonio Cargnello, Arzobispo de Salta.
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